Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente

Subvenciones a Ayuntamientos, Mancomunidades, otras Entidades Locales, Organismos Autnomos Locales, Agencias de Desarrollo Local y Sociedades Mercantiles Locales que realicen acciones que promuevan el desarrollo sostenible

RESUMEN
Título:
Subvenciones a Ayuntamientos, Mancomunidades, otras Entidades Locales, Organismos Autónomos Locales, Agencias de Desarrollo Local y Sociedades Mercantiles Locales que realicen acciones que promuevan el desarrollo sostenible
Objeto:

Convocatoria de subvenciones a la que podrán acogerse aquellos Ayuntamientos, Mancomunidades, otras Entidades Locales, Organismos Autónomos Locales, Agencias de Desarrollo Local y Sociedades Mercantiles Locales dela Comunidad Autónomadel País Vasco, que realicen acciones que promuevan el desarrollo sostenible en concordancia con las siguientes líneas:

  • Suelos Contaminados. Acciones que promuevan las labores de investigación y recuperación de la calidad del suelo de titularidad pública local.

  • Atmósfera. Acciones que promuevan la mejora de la calidad del aire ambiente, acciones relativas al ruido, y acciones encaminadas a mitigar las emisiones de gases de efecto invernadero y minimizar los efectos del cambio climático enla CAPV.

  • Biodiversidad. Acciones que promuevan la conservación, restauración o mejora de la diversidad biológica dela CAPV.

  • Agenda 21 Escolar. Acciones que promuevan la coordinación entrela Agenda Local21 yla Agenda21 Escolar.

 

Dotación presupuestaria:

Dos millones (2.000.000) euros.

Normativa de la convocatoria:
  • ORDEN de 19 de junio de 2013, (BOPV N 0000/2013)

    de la Consejera de Medio Ambiente y Política Territorial, por la que se regula la concesión de subvenciones a Ayuntamientos, Mancomunidades, otras Entidades Locales, Organismos Autónomos Locales, Agencias de Desarrollo Local y Sociedades Mercantiles Locales que realicen acciones que promuevan el desarrollo sostenible.

ORGANISMOS
Entidad convocante:
Medio Ambiente y Política Territorial
Órgano convocante:
Consejero/a de Medio Ambiente y Política Territorial
Entidad resolutora:
Medio Ambiente y Política Territorial
Órgano resolutor:
Viceconsejería de Medio Ambiente
Contacto presencial:

Oficinas de atención al público:

  • Bilbao:
    Gran Vía, 85
    48011 Bilbao, (Bizkaia)
  • Donostia- San Sebastián:
    Andía, 13
    20003 Donostia-San Sebastián, (Gipuzkoa)
  • Vitoria-Gasteiz (centro ciudad):
    Ramiro Maeztu, 10 bajo
    01008 Vitoria-Gasteiz, (Álava)

Horario de atención al público:

  • De lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.
Contacto telefónico:

La Administración Pública del país Vasco pone a disposición de la ciudadanía el teléfono 012.

  • Horario de atención telefónica:
    El servicio de atención a la ciudadanía del Gobierno dispondrá de horarios ininterrumpidos de atención telefónica de lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.
  • Número de Teléfono:
    Desde el País Vasco: 012
    Desde fuera del País Vasco: 945 018000
    Desde el extranjero: 00 34 945 018000

El servicio de IHOBE line: 900 15 08 64 se encuentra disponible para solucionar las posibles dudas respecto a la Orden de la convocatoria anual.

TRAMITACIONES
Lugares de Presentación:
Zuzenean - Atención Ciudadana
  • Bilbao:
    Gran Vía, 85
    48011 Bilbao, (Bizkaia)
  • Donostia- San Sebastián:
    Andía, 13
    20003 Donostia-San Sebastián, (Gipuzkoa)
  • Vitoria-Gasteiz (centro ciudad):
    Ramiro Maeztu, 10 bajo
    01008 Vitoria-Gasteiz, (Álava)
Horario de atención al público
De lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.

Otros Lugares de Presentación de solicitudes:
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
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  • Bilbao:
    Gran Vía, 85
    48011 Bilbao, (Bizkaia)
  • Donostia- San Sebastián:
    Andía, 13
    20003 Donostia-San Sebastián, (Gipuzkoa)
  • Vitoria-Gasteiz (centro ciudad):
    Ramiro Maeztu, 10 bajo
    01008 Vitoria-Gasteiz, (Álava)
Horario de atención al público
De lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.

Otros Lugares de Presentación de solicitudes:
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
Subvenciones a Ayuntamientos, Mancomunidades, otras Entidades Locales, Organismos Autónomos Locales, Agencias de Desarrollo Local y Sociedades Mercantiles Locales que realicen acciones que promuevan e

Convocatoria de subvenciones a la que podrán acogerse aquellos Ayuntamientos, Mancomunidades, otras Entidades Locales, Organismos Autónomos Locales, Agencias de Desarrollo Local y Sociedades Mercantiles Locales dela Comunidad Autónomadel País Vasco, que realicen acciones que promuevan el desarrollo sostenible en concordancia con las siguientes líneas:

  • Suelos Contaminados. Acciones que promuevan las labores de investigación y recuperación de la calidad del suelo de titularidad pública local.

  • Atmósfera. Acciones que promuevan la mejora de la calidad del aire ambiente, acciones relativas al ruido, y acciones encaminadas a mitigar las emisiones de gases de efecto invernadero y minimizar los efectos del cambio climático enla CAPV.

  • Biodiversidad. Acciones que promuevan la conservación, restauración o mejora de la diversidad biológica dela CAPV.

  • Agenda 21 Escolar. Acciones que promuevan la coordinación entrela Agenda Local21 yla Agenda21 Escolar.

 

DIRIGIDO A
Colectivo beneficiario:

Ayuntamientos, Mancomunidades, otras Entidades Locales, Organismos Autónomos Locales, Agencias de Desarrollo Local y Sociedades Mercantiles Locales de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Las Sociedades Mercantiles Locales deberán cumplir las siguientes condiciones: que su capital social sea de titularidad pública, y que sus socios sean mayoritariamente ayuntamientos. Además deberán haber sido designadas por los alcaldes y alcaldesas de los municipios participantes para la realización de la actuación para la que se solicita la subvención.

No podrán ser beneficiarias las entidades que cuenten con participación privada.

La concesión y, en su caso, el pago de las subvenciones, quedarán condicionados a la terminación de cualquier procedimiento de reintegro o sancionador que, habiéndose iniciado en el marco de subvenciones de la misma naturaleza concedidas porla Administración Generaldela Comunidad Autónomade Euskadi y sus organismos autónomos, se halle todavía en tramitación.

No podrán acceder a las subvenciones las entidades que se encuentren incursas en alguna prohibición o en sanción administrativa o penal que conlleve la imposibilidad de obtención de subvención o ayuda pública, incluida la establecida enla Disposición FinalSextadela Ley4/2005, de 18 de febrero, parala Igualdadde Mujeres y Hombres.

PRESTACIÓN
Dotación:

La dotación total presupuestaria será de dos millones (2.000.000) euros.

La citada cuantía se desglosa como sigue:

  • Para la línea de Suelos Contaminados. Se destinará un máximo de seiscientos mil (600.000) euros.
  • Para la línea de Atmósfera. Se destinará un máximo de seiscientos mil (600.000) euros.
  • Para la línea de Biodiversidad. Se destinará un máximo de seiscientos mil (600.000) euros.
  • Para la línea de Agenda 21 Escolar. Se destinará un máximo de doscientos mil (200.000) euros.
Límite:

La cuantía de la subvención deberá respetar los siguientes importes máximos:

  • Para la línea de Suelos Contaminados:

 

Investigación y seguimiento ambiental

Recuperación

Entidades locales o áreas supramunicipales mayores de 35.000 habitantes

90% de los gastos subvencionables

60% de los gastos subvencionables

Entidades locales o áreas supramunicipales menores de 35.000 habitantes

90% de los gastos subvencionables

90% de los gastos subvencionables

El importe máximo de la subvención es de 60.000 euros por cada proyecto de investigación y de 200.000 euros en caso de proyectos de recuperación.

En el caso concreto de los proyectos de seguimiento ambiental de vertederos, el importe máximo de la subvención es de 15.000 euros.

  • Para la línea de Atmósfera:

Entidades locales o áreas supramunicipales mayores de 7.000 habitantes.

50% de los gastos subvencionables.

Entidades locales o áreas supramunicipales menores de 7.000 habitantes.

75% de los gastos subvencionables.

El importe máximo de la subvención es de 100.000 euros por cada proyecto.

  • Para la línea de Biodiversidad:

Entidades locales o áreas supramunicipales mayores de 7.000 habitantes.

70% de los gastos subvencionables.

Entidades locales o áreas supramunicipales menores de 7.000 habitantes.

90% de los gastos subvencionables.

El importe máximo de la subvención es de 100.000 euros por cada proyecto salvo para proyectos cuyo objeto sea la elaboración de los estudios conducentes a la obtención de las licencias y permisos necesarios para la puesta en marcha de los proyectos, en cuyo caso el importe máximo de la subvención es de 10.000 euros.

  • Para la línea de Agenda 21 Escolar.

La subvención no podrá exceder del 50% del importe de los gastos subvencionables, ni 15.000 euros por cada entidad beneficiaria.

TRAMITES
De Solicitud y Aportación de Documentación
El trámite de "Solicitud y aportación de documentación", es el que inicia el procedimiento, para ello la persona interesada debe de presentar el formulario de solicitud correctamente cumplimentado dentro del plazo indicado de presentación de solicitudes
Presentación de solicitudes
Presentación de solicitudes:
Se presentarán 2 copias completas por cada una de las solicitudes de subvención, una en formato papel, y otra en soporte digital.
Presencial
Formularios:
Formulario de solicitud de subvenciones (Solicitud)

Anexo I de la Orden.

Memoria explicativa de la actuación (Solicitud)

Anexo II de la Orden. A rellenar para cada uno de los proyectos para los que se solicita subvención

Formulario proyecto línea de suelos contaminados (Solicitud)

Anexo III-A de la Orden.

Formulario proyecto línea de atmósfera (Solicitud)

Anexo III-B de la Orden.

Formulario proyecto línea de biodiversidad (Solicitud)

Anexo III-C de la Orden.

Formulario proyecto línea Agenda 21 escolar (Solicitud)

Anexo III-D de la Orden.

MEMORIA DESCRIPTIVA PROYECTO LÍNEA DE AGENDA 21 ESCOLAR (Solicitud)

Anexo IV de la Orden

Anexos (Solicitud)

ANEXO I. FORMULARIO DE SOLICITUD DE SUBVENCIONES

ANEXO II. MEMORIA EXPLICATIVA DE LA ACTUACIÓN

ANEXO III-A. FORMULARIO PROYECTO LÍNEA DE SUELOS CONTAMINADOS

ANEXO III-B. FORMULARIO PROYECTO LÍNEA DE ATMÓSFERA

ANEXO III-C. FORMULARIO PROYECTO LÍNEA DE BIODIVERSIDAD

ANEXO III-D. FORMULARIO PROYECTO LÍNEA DE AGENDA 21 ESCOLAR

ANEXO IV. MEMORIA DESCRIPTIVA PROYECTO LÍNEA DE AGENDA 21 ESCOLAR

Documentación:
  • Las solicitudes se acompañaran de la siguiente documentación en consonancia con las características de la entidad solicitante y de la actuación a desarrollar:

    Todas las solicitudes se acompañarán, con carácter obligatorio de la siguiente documentación en consonancia con las características de la entidad solicitante y de la actuación a desarrollar:

    a) El formulario de solicitud recogido en el anexo I de la Orden debidamente cumplimentado y suscrito por el alcalde, alcaldesa o por el Presidente o Presidenta dela Mancomunidad, Entidad Local, Organismo Autónomo Local, Agencia de Desarrollo Local o Sociedad Mercantil Local.

    b) Anexo II de la Orden debidamente cumplimentado con el presupuesto desglosado de la actuación y la memoria explicativa de la actuación, y anexo III correspondiente a cada línea de subvención. En el caso de que sea necesaria, una memoria adicional explicativa de la actuación, así como la documentación adicional necesaria para un mayor conocimiento de la actuación para la que se solicita financiación.

    c) Certificado expedido por el Secretario o Secretaria de la entidad, en el que se haga constar el acuerdo de aprobación de la realización de la actuación para la que se solicita subvención.

    d) Certificado expedido por el Secretario o Secretaria de la entidad, en el que se haga constar si se ha solicitado o, en su caso, obtenido subvenciones, ayudas o ingresos para la misma finalidad.

    e) En el caso de que la entidad solicitante sea una Agencia de Desarrollo Local, además de la documentación solicitada en los apartados anteriores deberá presentar fotocopia de sus estatutos.

    En el caso de que la entidad solicitante sea una sociedad mercantil local, además de la documentación solicitada en los apartados anteriores deberá presentar el acuerdo de aprobación por parte de los alcaldes o alcaldesas de los municipios donde se va a ejecutar la actuación por el que designan a dicha entidad como ejecutora de la misma, fotocopia del Código de Identificación Fiscal, fotocopia del poder de representación otorgado a favor de la persona solicitante de la subvención, inscrito en el Registro Mercantil y fotocopia de su DNI, fotocopia de los estatutos inscritos en el Registro Mercantil, el certificado de hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y el certificado de hallarse al corriente de las obligaciones conla Seguridad Social.Sepresentará una única copia del poder de representación y de los estatutos por cada sociedad mercantil solicitante. Si en los cuatro años anteriores la sociedad mercantil hubiera solicitado subvención con anterioridad ante el órgano ambiental y siempre que el solicitante declare que no ha existido modificación alguna de los citados documentos respecto a la presentada anteriormente, se podrá sustituir este requisito por una indicación de la fecha y convocatoria para la que se presentó la documentación.

    f) En el caso de la línea de suelos contaminados, la entidad beneficiaria deberá presentar documentación acreditativa de la titularidad pública del emplazamiento, así como de la fecha desde que se ostenta la titularidad pública. Los requisitos anteriores podrán justificarse, entre otros, mediante nota simple del registro de la propiedad o un Certificado expedido por el Secretario o Secretaria de la entidad en el que se haga constar tales extremos.

    Además se deberá adjuntar acuerdo plenario o equivalente en el que se comprometa a que, en el caso de que la reutilización del emplazamiento produzca plusvalías, deberá reintegrar la subvención, de acuerdo con lo dispuesto enla Ley1/2005, de 4 de febrero, para la prevención y corrección de la contaminación del suelo.

    Con carácter voluntario y en aras a obtener una mayor puntuación en la valoración de las solicitudes, las mismas se acompañarán de la siguiente documentación:

    a) En su caso, certificado expedido por el secretario o secretaria de la entidad solicitante de aprobación en pleno municipal del Plan de Acción de Agenda Local 21 o el informe de evaluación y seguimiento del proceso de Agenda Local 21.

    b) Para las acciones de atmósfera, en su caso, certificado expedido por el secretario o secretaria de la entidad solicitante, donde se recoja el acuerdo del Pleno, de inicio del proceso de implantación del Plan de Acción de Calidad del Aire (PAC).

    c) En el caso de las acciones de biodiversidad, cuando proceda, las autorizaciones necesarias de los organismos competentes (en caso de actuaciones en Dominio Público Hidráulico, Dominio Público Marítimo Terrestre, parques Naturales, etc.), para la ejecución del proyecto, además del certificado de disponibilidad o titularidad de los terrenos donde se desarrollen las acciones.

    d) Las informaciones que se consideren necesarias para una correcta aplicación de cada uno de los criterios de valoración especificados en el artículo 15 de la Orden.

Lugares de Presentación Lugares de Presentación
Comunes de la Subvención
Los trámites comunes, no son obligados, y la persona interesada puede realizarlos a lo largo de la vida de su expediente por iniciativa propia o cuando la administración le comunica que tiene esa opción.
En este apartado, se le facilitan formularios para cada trámite que tenga que realizar siempre que la persona solicitante haya escogido continuar el procedimiento por canal presencial.
En caso, de haber escogido el canal electrónico, estos trámites se realizan a través de “Mis Gestiones” previa identificación con un certificado electrónico
Aportación de Documentación
Aportación de Documentación:
El/La interesado/a deberá de presentar, para la aportación de documentos requeridos por la administración o que el/la propio/a interesado/a estime conveniente aportar el siguiente formulario indicando los documentos que adjunta.
Presencial
Formularios:
Aportación de Documentación (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para la aportación de documentos requeridos por la administración.
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
Ampliación de Plazo
Ampliación de Plazo:
Cuando la solicitud de iniciación no reúna los requisitos exigidos en la normativa específica de convocatoria requerirá al/a interesado/a para que en un plazo de diez días subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos. El/La interesado/a, siempre y cuando no sea un procedimiento de concurrencia competitiva, puede solicitar la ampliación del plazo para la subsanación o la aportación de los documentos requeridos presentando el siguiente formulario cumplimentado. Este plazo puede ser ampliado en cinco días siempre y cuando la aportación de los documentos presente dificultades especiales.
Presencial
Formularios:
Ampliación de Plazo (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para solicitar la ampliación de plazo de subsanación.
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
Modificación Datos Notificación
Modificación Datos Notificación:
El/La interesado/a puede modificar sus datos personales de notificación en este procedimiento rellenando el formulario adjunto en el que indicará el canal por el que desea recibir las notificaciones y el idioma.
Presencial
Formularios:
Modificación Datos Notificación (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para solicitar la modificación de datos personales de notificación en el procedimiento.
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
Desistimiento
Desistimiento:
El/La Interesado/a tendrá derecho a desistir de su solicitud una vez realizada la misma, en cualquier momento hasta que haya sido dictada la resolución. El desistimiento no impide al/a interesado/a seguir conservando los derechos que le amparan que podrá hacer valer, si lo desea, en otro procedimiento.
Presencial
Formularios:
Desistimiento (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para solicitar desistimiento de su solicitud
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
Aceptación de la Ayuda
Aceptación de la Ayuda:
Si el/la interesado/a está conforme con la ayuda concedida puede aceptarla cumplimentando el formulario que se le facilita. En este caso, la Administración continuará, una vez recepcionada la aceptación, con los trámites necesarios para el pago de la ayuda.
Presencial
Formularios:
Aceptación de la Ayuda (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para la aceptación de la ayuda concedida.
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
Renuncia
Renuncia:
El/La Interesado/a tendrá derecho a renunciar a la continuación del procedimiento o a la ayuda solicitada, una vez dictada la resolución de la misma, si bien, el/la interesado/a que renuncia, pierde los derechos que le amparan.
Presencial
Formularios:
Renuncia (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para solicitar la renuncia respecto a la continuación del procedimiento o ayuda solicitada.
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
Recurso Alzada
Recurso Alzada:
El recurso de alzada es un recurso de carácter administrativo a través del cual se busca que un órgano administrativo revise un acto dictado por otro órgano dependiente jerárquicamente de él, buscando que enmiende conforme a Derecho el acto del órgano inferior.
Presencial
Formularios:
Recurso Alzada (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para la interposición de recurso de alzada
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
ESTADO CONVOCATORIA
Plazo de presentación:
09/07/2013 - 08/08/2013
Plazo de resolución:

La Resolución se notificará a los interesados mediante publicación en el Boletín Oficial del País Vasco. El plazo máximo para resolver y notificar el procedimiento será de seis meses.

Efectos del silencio:
Desestimatorios
Recurso contra la resolución:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor:    Gobierno Vasco; Medio Ambiente y Política Territorial; Consejero/a de Medio Ambiente y Política Territorial.
  • Plazo de interposición: 1 mes.
  • Plazo de resolución: 3 meses.
  • Falta de resolución: Efecto desestimatorio.
Recurso contra la desestimación por silencio:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor:  Gobierno Vasco; Medio Ambiente y Política Territorial; Consejero/a de Medio Ambiente y Política Territorial.
  • Plazo de interposición: 3 meses.
  • Plazo de resolución: 3 meses.
  • Falta de resolución: Efecto estimatorio.
Fecha de resolución:
30/12/2013
Resoluciones asociadas: