Como parte del primer Programa Europeo sobre Cambio Climático (PECC, 2000-2003), el grupo de trabajo sobre gases fluorados analizó la pertinencia de crear un marco legislativo comunitario que completara el Reglamento 2037/2000 (control de substancias que agotan la capa de ozono) y regulara el resto de gases fluorados de efecto invernadero, responsables del 2% de las emisiones de la UE. Pese a que la primera propuesta concebía un único reglamento en la materia, finalmente han sido dos los instrumentos aprobados por el parlamento europeo:
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Un Reglamento relativo a la contención, uso, recuperación y contención de determinados gases fluorados, destinado a prohibir su uso cuando éste se considere inapropiado, y a establecer un sistema de vigilancia de emisiones, etiquetaje de aparatos y certificación del personal concerniente.
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Una Directiva destinada a la eliminación progresiva del HFC-134a de los sistemas de aire acondicionados de los vehículos, destinada a eliminar este gas de todos los vehículos nuevos desde el 1 de enero de 2017 y a limitar el control de fugas a no más de 60 g. por vehículo.
De manera paralela a esta aproximación normativa, los gobiernos, las empresas privadas y las demás partes interesadas están realizando esfuerzos para desarrollar alternativas tecnológicas a los gases fluorados con mayor potencial de calentamiento global.
En el plano internacional, los mecanismos flexibles del Protocolo de Kyoto han contribuido al abatimiento de las emisiones de gases fluorados y de otros gases intensivos, como el óxido nitroso y el metano. El mecanismo de Aplicación Conjunta o el desarrollo de incentivos propios a proyectos de reducción de emisiones podrían convertirse en otro instrumento para el control de estos gases.
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