La validez de la AUTORIZACIÓN DE PRODUCTOR de Residuos Peligrosos (RP´s) está supeditada al mantenimiento de la naturaleza y características de los residuos peligrosos generados (datos que, con la descripción de los procesos generadores de RP´s, se reflejan en la Resolución por la que se concede dicha Autorización); igualmente su validez está supeditada al mantenimiento de las adecuadas condiciones de manipulación y almacenamiento de los residuos peligrosos, así como a que el orden de magnitud que se genere de los mismos no requiera modificar los medios necesarios para su adecuada manipulación y almacenamiento, cuya correcta disposición se constata previamente a la concesión de la Autorización como Productor de RP´s.
Igualmente la permanencia en el REGISTRO DE PEQUEÑOS PRODUCTORES de Residuos Peligrosos está supeditada al mantenimiento de la naturaleza y características de los residuos peligrosos generados (datos que se reflejan en la Resolución por la que se procede a la Inscripción); igualmente su validez está supeditada al mantenimiento de las adecuadas condiciones de manipulación y almacenamiento de los residuos peligrosos; así como a que la cantidad de residuos peligrosos generados no supere la cuantía establecida, generalmente las 10 toneladas anuales.
Por tanto, cualquier modificación en las instalaciones o procesos del centro productor que repercuta en la naturaleza, condiciones de generación, manipulación, almacenamiento o gestión de los residuos peligrosos deberá ser justificada documentalmente ante la Viceconsejería de Medio Ambiente y someterse, en caso de que este órgano ambiental lo considere oportuno, a, según sea su caso, la ampliación de la Autorización como Productor de Residuos Peligrosos o la renovación de la Inscripción en el Registro de Pequeños Productores de Residuos Peligrosos.
A tal fin, cuando se generan nuevos residuos o se dan modificaciones sustanciales de las condiciones de los residuos generados, se deberá:
- Si son circunstancias puntuales que, en principio, no se prevea que vuelvan a ocurrir, bastará con comunicar tal circunstancia; lo que tiene mayor relevancia en los casos de las Autorizaciones como Productor.
- Sin embargo cuando se prevea que la modificación tenga continuidad se presentará, junto a un escrito de solicitud firmado por responsable de la empresa, la documentación pertinente según la modificación realizada; bien sea:
- Sobre la identificación de la empresa y/o el centro productor (Razón Social, N.I.F., dirección social, dirección del Centro y, en su caso, N.I.R.I.).
- Sobre los procesos y residuos peligrosos generados, con los datos que se establece respectivamente en el apartado 3 del bloque A, para descripciones del proceso, y en el bloque B, para descripciones de residuos, de la "INFORMACIÓN sobre el procedimiento para la Autorización de Productor de Residuos Peligrosos o la Inscripción en el Registro de Pequeños Productores de Residuos Peligrosos", la cual se anexa al FORMATO DE SOLICITUD (
, 185 kb). A la comunicación se deben adjuntar los documentos que acrediten la disposición de los medios para la adecuada gestión de los RP´s (etiquetado y vía de gestión final); así como la correcta descripción de las características físico-químicas del residuo acompañándose, en su caso, de analíticas de composición, caracterización y/o fichas de datos de seguridad de los productos, según proceda).
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