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Departamento de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio

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WAI-A

Registro de empresas transportistas de residuos peligrosos que actúen como intermediarios por cuenta de terceros

 

Departamento / Organismo Autónomo

Medio Ambiente y Ordenación del Territorio


Órgano gestor

Dirección de Calidad Ambiental


Objeto

Registrar la notificación que deben realizar las empresas transportistas de residuos peligrosos que actúen como intermediarios por cuenta de terceros.

Destinatarios/as

Empresas transportistas de residuos peligrosos que sean un mero intermediario y que realicen esta actividad por cuenta de terceros, sin asumir la titularidad del residuo.

Normativa reguladora

Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos, (B.O.E. 22-04-1998).


Personas de contacto

Teléfono: 945 01 99 10 

Documentación a aportar
  • Identificación del solicitante (nombre, DNI y cargo o relación con la empresa) y de la empresa (razón social, NIF y dirección social). Se debe acompañar fotocopia de la tarjeta de identificación fiscal de la empresa.

  • Descripción de los residuos peligrosos que va a transportar, y de las medidas a adoptar para asegurar que no se van a mezclar los mismos durante su manipulación y transporte.

  • Descripción de los vehículos que van a servir para el transporte de los residuos peligrosos (matrícula, marca y modelo, capacidad de carga, fotocopia de permisos de circulación y tarjeta de transporte de cada vehículo). Se debe acreditar la titularidad de los vehículos, por lo tanto la empresa deberá aparecer en los permisos de circulación como propietaria de los vehículos, en su defecto deberá acreditarse la disponibilidad de los mismos mediante contrato firmado con el propietario de cada uno.

  • Declaración jurada del representante legal de la empresa en la que se responsabiliza de la adopción y mantenimiento de todas las medidas de seguridad necesarias para realizar el transporte de los residuos solicitados.

  • En el supuesto de que los residuos peligrosos objeto de transporte se califiquen como mercancías peligrosas de conformidad con lo dispuesto en la normativa vigente en materia de transporte de mercancías peligrosas por carretera y se requiera un certificado de aprobación de los vehículos que se van a utilizar para el citado transporte, la empresa deberá presentar ante la Viceconsejería de Medio Ambiente copia del citado certificado de idoneidad.

  • En el supuesto de que la normativa vigente en materia de transporte de mercancías peligrosas por carretera así lo requiera, acreditación de la disposición de conductores con certificado de formación ADR para el transporte de mercancías peligrosas de la clase correspondiente.

  • Póliza de seguro de responsabilidad civil suscrita por el solicitante que ampare el riesgo derivado del transporte de residuos peligrosos en el vehículo.

Tasas a aplicar

No hay.

Plazo de presentacion

A solicitud del interesado.


Lugar presentación solicitudes

VICECONSEJERIA DE MEDIO AMBIENTE

C/ Donostia-San Sebastian, 1

01010 Vitoria-Gasteiz

OFICINA TERRITORIAL DE ARABA DE MEDIO AMBIENTE Y ORDENACION DEL TERRITORIO

C/ Portal de Foronda, 11

01010 Vitoria-Gasteiz

OFICINA TERRITORIAL DE BIZKAIA DE MEDIO AMBIENTE Y ORDENACION DEL TERRITORIO

C/ Gran Vía 85

48011 Bilbao

OFICINA TERRITORIAL DE GIPUZKOA DE MEDIO AMBIENTE Y ORDENACION DEL TERRITORIO

C/ Infanta Cristina, 11 'Villa Begoña'

20008 Donostia-San Sebastian

 

Descripción de los trámites

Tras comprobar la documentación presentada por la empresa se registrará la misma y se le remitirá el correspondiente certificado que acredite el cumplimiento de la obligación, derivada de la Ley 10/1998 citada, de comunicar al Órgano ambiental la actividad de transporte de residuos peligrosos que la empresa solicitante realice, como mero intermediario, por cuenta de terceros.


Órgano que resuelve

Directora de Calidad Ambiental.


Plazo de resolución

No hay.

Efectos del silencio

Estimatorios


Fín de la vía administrativa

La resolución NO pone fín a la vía administrativa


Recursos / Reclamaciones

Recurso de Alzada


Formularios

No hay.

Otros documentos

No hay.


Observaciones

El transporte de residuos peligrosos, cuando éste se realice asumiendo el transportista la titularidad del residuo, queda sometido a régimen de autorización por el órgano ambiental de la Comunidad Autónoma. Dicha autorización de gestor de residuos peligrosos fijará el plazo y las condiciones en que se otorga, quedando sujeta la misma a la constitución por el solicitante de un seguro de responsabilidad civil y a la prestación de una fianza en la forma y cuantía que en ella se determine.

Cuando el transportista de residuos peligrosos sea un mero intermediario que realice esta actividad por cuenta de terceros, resulta suficiente la notificación al órgano competente en materia medioambiental de la Comunidad correspondiente. Actualmente en la CAPV la actividad de transporte de residuos peligrosos por cuenta de terceros NO está sometida a régimen de autorización, la Ley faculta a cada Comunidad Autónoma a someter la misma a autorización.

Nota

Esta información tiene únicamente carácter orientativo, por lo que no sustituye ni modifica las Disposiciones normativas que regulan los diferentes procedimientos administrativos ni, en consecuencia, puede dar origen a derechos u obligaciones que no se encuentren contempladas en la Reglamentación específica.


Fecha de la última modificación

03/06/2008