Conforme al artículo 15 de la Directiva IPPC, la Comisión Europea debe publicar cada tres años un inventario de las principales emisiones y fuentes responsables. Con este fin, mediante la Decisión de la Comisión de 17 de julio de 2000 ( , 117 Kb) relativa a la realización de un inventario europeo de emisiones contaminantes, se reguló el inventario europeo EPER (European Pollutant Emission Register), que recoge los datos de vertidos a las aguas y emisiones a la atmósfera que deben suministrar los Estados. La creación del Registro EPER responde a un doble objetivo: poder comparar las actividades contaminantes y sus emisiones en la Comunidad y garantizar el derecho del público a acceder a la información sobre las actividades potencialmente contaminantes, publicando estos datos en Internet.
Asimismo, conforme al Reglamento (CE) nº 166/2006 ( , 149 Kb), a partir del año 2007 el registro EPER será sustituido por un nuevo Registro Europeo de Emisiones y Transferencias de Contaminantes (RETC europeo) que se publicará en octubre de 2009. Este nuevo registro amplia las obligaciones del registro EPER en los siguientes aspectos: el tipo de instalaciones, las emisiones al suelo, las transferencias de residuos, las emisiones de fuentes difusas, la participación pública y la periodicidad de las comunicaciones de la información.
Enlace con la página Web de EPER Europa
Enlace con la página Web de E-PRTR - Fuentes Difusas
Por otra parte, para mantener actualizado el inventario europeo y conforme al artículo 8 de la Ley IPPC, las Comunidades Autónomas deben tener información sistematizada sobre lasprincipales emisiones y los focos de las mismas. En el caso de la Comunidad Autónoma del País Vasco estos datos están disponibles en la página Web de EPER Euskadi.
Enlace con la página Web de EPER Euskadi
Las Comunidades Autónomas deben, a su vez, comunicar anualmente estos datos al Ministerio de Medio Ambiente para su registro en el Inventario Estatal de Emisiones, que posteriormente los trasfiere a la Comisión Europea con una periodicidad inicial de tres años, si bien existe la previsión de que a partir del año 2008 esta notificación se haga anualmente.
Enlace con la página Web de EPER España
La Comisión Europea ha publicado varias guías con el objeto de orientar a los Estados miembros sobre cómo realizar los inventarios:
Documento de orientación para la realización del EPER ( , 1 Mb)
Guía para la implementación de PRTR en Europa ( , 1,6 Mb)
Asimismo, tanto el Ministerio de Medio Ambiente como el Gobierno Vasco han publicado guías para el cálculo de las emisiones por sectores de actividad.
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