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El canon ecológico del agua es una medida presente en la Directiva Europea del Agua y a cuya transposición se adelantó la Ley Vasca del Agua. Su objetivo es reducir el consumo de agua, un derecho humano pero también un recurso limitado, y mantenerlo dentro de ciertos límites. Y junto a ello, emplear lo que el canon aporte económicamente, entre otras cosas, para mejorar los cauces, su entorno y las técnicas de uso del agua en los sectores afectados. Se trata
Este tributo permitirá a la Agencia Vasca del Agua “URA” profundizar en la recuperación medioambiental de los cauces. Desde hace ya años el departamento de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio del Gobierno Vasco viene desarrollando actuaciones importantes en esta materia. Se trata de eliminar las coberturas de los ríos, allí donde es posible, restaurando el paisaje fluvial, de retirar obstáculos que invaden el dominio público hidráulico, de revegetar las orillas y crear unos hábitats que favorezcan la recuperación de la fauna y flora de ríos y arroyos. Los presupuestos de “URA” para 2009 prevén una inversión en esta materia próxima a los 12 millones de euros.
El decreto aprobado marca que el canon del agua que, como señala la Ley se fija en 6 céntimos de euro por metros cúbico, surta efecto a partir del 1 de enero próximo.
En el decreto, se señalan exenciones y bonificaciones a este canon.
EXENCIONES
Tal y como recogía la ley, quedan exentos de forma permanente los consumos domésticos que no superen los 130 litros por persona y día. Sin embargo, el decreto, en su disposición transitoria primera, señala que durante el primer año de aplicación no se aplicará el canon al conjunto de los consumos domésticos, dado que actualmente el consumo de agua por persona y día es inferior al tope exento que marca la Ley. La CAPV es con la Comunidad Foral de Navarra el lugar del Estado donde menos agua se consume en los hogares, muy por debajo de los 160 litros por persona y día de la media estatal.
Hay otra serie de exenciones cuando el agua se use para apagar incendios; viviendas que no dispongan de suministro domiciliario; captación de agua marina en sustitución del uso del agua dulce; reutilización del agua y su uso “no consuntivo”(que no suponga consumo) para la obtención de energía u otros usos industriales, siempre que no provoque la alteración de la cantidad y calidad del agua; consumo anual inferior a 50 metros cúbicos que no proceda de suministro de red domiciliaria, etcétera.
BONIFICACIONES
El decreto contempla también bonificaciones muy importantes. Por ejemplo, se bonifican en el 95% de la base imponible los consumos como el riego de jardines públicos, la limpieza de las calles o el uso para instalaciones deportivas de carácter público.
También pueden optar a una bonificación del 95% aquellos agricultores y ganaderos que cumplan con la normativa vigente y dispongan del cuaderno de explotación, contrato ambiental u otras acreditaciones o que cumplan con el Código de Buenas Prácticas Agrarias del País Vasco.
El decreto recoge también bonificaciones importantes para el sector industrial, de un 70% para aquellas empresas que dispongan de una certificación de gestión ambiental [EMAS, ISO 14001 o EKOSCAN ]. Si, además, disponen de un plan de reducción del consumo de agua la bonificación se eleva hasta el 90%.
También se bonificará con un 95% de la base imponible el uso de aguas pluviales o de escorrentía (el agua de lluvia que discurre por el suelo, en lugar de por un cauce).
RECAUDACIÓN
En aquellos consumos que provengan de la red de abastecimiento, la recaudación la harán las entidades suministradoras, es decir, los consorcios de aguas o los ayuntamientos. Así, en la factura del agua se desglosará un nuevo epígrafe en concepto de canon ecológico del agua.
Para quienes no reciben el agua de la red, sino que tienen una concesión, es decir, que captan del río o de un acuífero subterráneo, etcétera, será la propia Agencia Vasca del Agua la que les gire.
SANCIONES
La Ley Vasca del Agua prevé sanciones en caso de incumplimiento de las obligaciones relacionadas con el pago del canon y el decreto señala que la tarea de comprobación e investigación de las operaciones que dan lugar al rendimiento del canon del agua será ejercida por personal de la Agencia Vasca del Agua.
SOLIDARIDAD
Tal y como aprobó recientemente el Consejo de Gobierno, una parte del canon, el 5%, se destinará a programas de ayuda a países con problemas de abastecimiento y saneamiento del África Subsahariana. Es la primera vez que un gobierno destina parte de una recaudación concreta a ayudar a otros países en esa misma materia.
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