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¿Que planes y programas están sometidos a evaluación conjunta de impacto ambiental?

En el Anexo I.A) de la Ley 3/98, General de Protección del Medio Ambiente del País Vasco se establece que los siguientes planes y programas y sus posteriores revisiones están sometidos al procedimiento de evaluación conjunta de impacto ambiental:

1. Directrices de Ordenación del Territorio del País Vasco.

2. Planes Territoriales Parciales.

3. Planes Territoriales sectoriales y cualesquiera otros planes y programas con incidencia territorial.

4. Planes Generales de Ordenación Urbana y sus modificaciones que afecten al suelo no urbanizable.

5. Normas Subsidiarias de planeamiento y sus modificaciones que afecten al suelo no urbanizable.

6. Planes Especiales y sus modificaciones que afecten al suelo no urbanizable.

El Decreto 183/2003, por el que se regula el procedimiento de evaluación conjunta de impacto ambiental, ha incorporado las siguientes precisiones en referencia al ámbito:

Fecha de la última modificación: 24/04/2012