La Ley 3/1998 ( , 261 Kb) General de Protección de Medio Ambiente del País Vasco establece el objeto, las competencias y aspectos generales de la evaluación conjunta de impacto ambiental.
El procedimiento se ha establecido reglamentariamente en el Decreto 183/2003 ( , 134 Kb). Esta norma tiene la siguiente estructura y contenido:
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El capítulo I incluye las definiciones y concreta el ámbito de aplicación establecido en el Anexo I de la Ley 3/1998.
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El capítulo II establece las disposiciones comunes al procedimiento de EIA de planes y programas.
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En el capítulo III se regula el procedimiento a aplicar a los instrumentos de ordenación territorial del País Vasco y de otros planes y programas con incidencia territorial.
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En el capítulo IV se regula el procedimiento a aplicar al planeamiento urbanístico.
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El capítulo V versa sobre la Vigilancia y Control.
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En el Anexo al Decreto se establece el contenido de los estudios de impacto ambiental de planes y programas con carácter genérico que deberá ser modulado en función de la entidad y contenido del plan a evaluar.
La Ley 3/98 y el Decreto 183/2003 han sido modificados por la Ley 2/2006 ( , 948 Kb), de 30 de junio, de Suelo y Urbanismo (artículo 97).
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