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Departamento de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio

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WAI-A

Autorización para la instalación de un relleno  

 

Departamento / Organismo Autónomo

Medio Ambiente y Ordenación del Territorio


Órgano gestor

Dirección de Calidad Ambiental


Objeto

Autorizar la ejecución de un relleno, fijando las condiciones y requisitos en que el relleno deba efectuarse y la relación de los residuos que pueden verterse  Destinatarios/as

Los titulares de las actividades destinadas a la eliminación de residuos inertes y/o inertizados

 

Normativa reguladora

Ley 3/1998, de 27 de febrero, General de Protección del Medio Ambiente del País Vasco (BOPV 59, de 27-03-98)

Decreto 423/1994, de 2 de noviembre, sobre gestión de residuos inertes e inertizados (BOPV 239; 19-12-94)

Orden de 15 de febrero de 1995, del Consejero de Ordenación del Territorio, Vivienda y Medio Ambiente, sobre el contenido de los proyectos técnicos y memorias descriptivas de instalaciones de vertederos de residuos inertes y/o inertizados, rellenos y condicionamientos de terreno (BOPV 55; 20-03-95)

Ley 10/1998, de 21 de Abril, de Residuos. (BOE 96, 22-04-98)

Real Decreto 1481/2001, de 27 de diciembre, por el que se regula la eliminación de residuos mediante deposito en vertedero (BOE 25, de 29 de enero de 2002)

 

Personas de contacto

Teléfono: 945-019905

 

Documentación a aportar
  • Solicitud de autorización

  • Proyecto técnico que contenga:

a) Memoria que comprender un estudio descriptivo sobre la idoneidad del emplazamiento, infraestructuras y condiciones de relleno

b) Presupuesto

c) Planos

 

 

Tasas a aplicar

No hay 

Plazo de presentacion A solicitud del interesado. Plazo abierto todo el año  
Lugar presentación solicitudes

VICECONSEJERIA DE MEDIO AMBIENTE DEL GOBIERNO VASCO
C/Donostia-San Sebastián, 1
01010 Vitoria-Gasteiz

OFICINA TERRITORIAL DE ALAVA DE MEDIO AMBIENTE Y ORDENACION DEL TERRRITORIO

C/Portal de Foronda, 11
01010 Vitoria-Gasteiz

OFICINA TERRITORIAL DE BIZKAIA DE MEDIO AMBIENTE Y ORDENACION DEL TERRRITORIO

C/Gran Vía, 85
48011 Bilbao

OFICINA TERRITORIAL DE GIPUZKOA DE MEDIO AMBIENTE Y ORDENACION DEL TERRRITORIO

C/Infanta Cristina, 11- Villa Begoña
20008 Donostia-San Sebastián

 

Descripción de los trámites No se describen 
Órgano que resuelve

Viceconsejo/a Medio Ambiente

 

Plazo de resolución

Tres meses desde la presentación de la solicitud de autorización 

Efectos del silencio

Estimatorios


Fín de la vía administrativa

La resolución NO pone fín a la vía administrativa


Recursos / Reclamaciones

Recurso de Alzada


Formularios

No hay

 

Otros documentos Depósitos de sobrantes procedentes de obras de carreteras 
Observaciones

El órgano ambiental podrá exigir al promotor del relleno la obligación de suscribir un seguro de responsabilidad civil y el depósito de una fianza.

El promotor de un relleno podrá realizar una consulta previa ante el órgano ambiental en orden a verifica

 

Nota

Esta información tiene únicamente carácter orientativo, por lo que no sustituye ni modifica las Disposiciones normativas que regulan los diferentes procedimientos administrativos ni, en consecuencia, puede dar origen a derechos u obligaciones que no se encuentren contempladas en la Reglamentación específica.


Fecha de la última modificación

28/05/2008