Departamento / Organismo Autónomo
Medio Ambiente y Ordenación del Territorio
Dirección de Calidad Ambiental
Autorizar la ejecución de un relleno, fijando las condiciones y requisitos en que el relleno deba efectuarse y la relación de los residuos que pueden verterse
Destinatarios/as
Los titulares de las actividades destinadas a la eliminación de residuos inertes y/o inertizados
Normativa reguladoraLey 3/1998, de 27 de febrero, General de Protección del Medio Ambiente del País Vasco (BOPV 59, de 27-03-98)
Decreto 423/1994, de 2 de noviembre, sobre gestión de residuos inertes e inertizados (BOPV 239; 19-12-94)
Orden de 15 de febrero de 1995, del Consejero de Ordenación del Territorio, Vivienda y Medio Ambiente, sobre el contenido de los proyectos técnicos y memorias descriptivas de instalaciones de vertederos de residuos inertes y/o inertizados, rellenos y condicionamientos de terreno (BOPV 55; 20-03-95)
Ley 10/1998, de 21 de Abril, de Residuos. (BOE 96, 22-04-98)
Real Decreto 1481/2001, de 27 de diciembre, por el que se regula la eliminación de residuos mediante deposito en vertedero (BOE 25, de 29 de enero de 2002)
Teléfono: 945-019905
Documentación a aportara) Memoria que comprender un estudio descriptivo sobre la idoneidad del emplazamiento, infraestructuras y condiciones de relleno
b) Presupuesto
c) Planos
No hay
Plazo de presentacion A solicitud del interesado. Plazo abierto todo el año
VICECONSEJERIA DE MEDIO AMBIENTE DEL GOBIERNO VASCO
C/Donostia-San Sebastián, 1
01010 Vitoria-Gasteiz
OFICINA TERRITORIAL DE ALAVA DE MEDIO AMBIENTE Y ORDENACION DEL TERRRITORIO
C/Portal de Foronda, 11
01010 Vitoria-Gasteiz
OFICINA TERRITORIAL DE BIZKAIA DE MEDIO AMBIENTE Y ORDENACION DEL TERRRITORIO
C/Gran Vía, 85
48011 Bilbao
OFICINA TERRITORIAL DE GIPUZKOA DE MEDIO AMBIENTE Y ORDENACION DEL TERRRITORIO
C/Infanta Cristina, 11- Villa Begoña
20008 Donostia-San Sebastián
Viceconsejo/a Medio Ambiente
Tres meses desde la presentación de la solicitud de autorización
Efectos del silencioEstimatorios
La resolución NO pone fín a la vía administrativa
No hay
Otros documentos Depósitos de sobrantes procedentes de obras de carreteras
El órgano ambiental podrá exigir al promotor del relleno la obligación de suscribir un seguro de responsabilidad civil y el depósito de una fianza.
El promotor de un relleno podrá realizar una consulta previa ante el órgano ambiental en orden a verifica
NotaEsta información tiene únicamente carácter orientativo, por lo que no sustituye ni modifica las Disposiciones normativas que regulan los diferentes procedimientos administrativos ni, en consecuencia, puede dar origen a derechos u obligaciones que no se encuentren contempladas en la Reglamentación específica.
28/05/2008