Departamento / Organismo Autónomo
Medio Ambiente y Ordenación del Territorio
Dirección de Calidad Ambiental
Autorizar las actividades de gestión de residuos no peligrosos, estableciendo las condiciones y requisitos que deben observar los gestores de residuos no peligrosos en el desarrollo de su actividad
Destinatarios/as
Los titulares de instalaciones de gestión de residuos no peligrosos
Normativa reguladoraLey 10/1998, de 21 de abril, de Residuos (BOE 22-04-1998)
Ley 3/1998, de 27 de febrero, General de Protección del Medio Ambiente del País Vasco
Decreto 46/2001, de 13 de marzo, por el que se regula la gestión de los neumáticos fuera de uso en el ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco (BOPV 64, de 2 de abril de 2001)
Decreto 34/2003, de 18 de febrero, por el que se regula la valorización y posterior utilización de escorias procedentes de la fabricación de acero en hornos de arco eléctrico, en el ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco (BOPV 41, de 26 de febrero de 2003) (Corrección de errores BOPV 65, de 1 de abril de 2003).
Real Decreto 208/2005, de 25 de febrero, sobre aparatos eléctricos y electrónicos y la gestión de sus residuos (BOE 49, de 26 de febrero de 2005)
Teléfonos: 945019905 / 945019893
Documentación a aportarEn la solicitud PARA OBTENER AUTORIZACIÓN COMO GESTOR DE RESIDUOS NO PELIGROSOS deberá aparecer expresamente citado los siguientes puntos:
La documentación a presentar varía en función de la gestión que se pretenda realizar. En el caso de que la gestión incluya la valorización de los residuos, esta solicitud deberá estar acompañada de un proyecto con el contenido que se cita en los apartados siguientes, así como un Estudio de Evaluación de Impacto Ambiental según proceda.
La solicitud se formalizará por cada centro gestor ubicado dentro de la Comunidad Autónoma del País Vasco, aunque tengan la misma razón social y/o dicha razón social se encuentre ubicada fuera de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
DOCUMENTACIÓN NECESARIA PARA LA AUTORIZACIÓN DE VALORIZADORES DE RESIDUOS NO PELIGROSOS
Información relativa a la Empresa/Centro gestor
(93 kb)Información relativa a los Residuos
Información relativa al proceso productivo donde se valorizan los residuos
No hay tasas
Plazo de presentacion A solicitud del interesado
Viceconsejería de Medio Ambiente
C/ Donostia-San Sebastian, 1
01010 VITORIA-GASTEIZ
Oficina Territorial de Alava del Departamento de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio
C/ Portal de Foronda, 11
01010 VITORIA-GASTEIZ
Oficina Territorial de Bizkaia del Departamento de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio
C/ Gran Via, 85-8ª
48011 BILBAO
Oficina Territorial de Gizpuzkoa del Departamento de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio
C/ Infanta Cristina, 11- Villa Begoña
20008 DONOSTIA-SAN SEBASTIAN
La autorización se solicita ante la Viceconsejería de Medio Ambiente con el contenido que se ha definido.
Una vez cumplimentada toda la documentación, la administración cursará una visita de inspección de las instalaciones, tras la cual y caso de informe favorable, se emitirá una Resolución de autorización subordinada a las condiciones y requisitos que en ella se contemplan.
El órgano ambiental otorgará una autorización a través de la correspondiente Resolución, subordinando su validez al cumplimiento de las condiciones que en la misma se reflejan, condiciones derivadas de la gestión para la que se solicita la autorización. Entre dichas condiciones se podrán incluir la cuantía del seguro de responsabilidad civil y el depósito de una fianza.
Antes de obtener la autorización definitiva se deberá acreditar que se cumplen las obligaciones normativas que le sean de aplicación, según las operaciones requeridas para la gestión que se solicite; esto es, la relativa al transporte de mercancías, la relativa al almacenamiento, la específica de medio ambiente relativa a vertidos, emisiones y residuos; así como la acreditación de la eficacia del tratamiento que se dé a los residuos no peligrosos si éstos se someten a alguna operación de valorización y/o eliminación.
La efectividad de la Autorización se concede por Resolución del órgano ambiental una vez que se han acreditado el cumplimiento de las condiciones que se reflejan en la Resolución subordinada antes citada, y para un plazo determinado.
Viceconsejería de Medio Ambiente
Tres meses
Efectos del silencioEstimatorios
La resolución NO pone fín a la vía administrativa
Formulario para la solicitud de autorización de gestores de residuos no peligrosos
(93 kb).
No hay otros documentos
No hay.
NotaEsta información tiene únicamente carácter orientativo, por lo que no sustituye ni modifica las Disposiciones normativas que regulan los diferentes procedimientos administrativos ni, en consecuencia, puede dar origen a derechos u obligaciones que no se encuentren contempladas en la Reglamentación específica.
06/06/2008