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WAI-A

Etiquetado de residuos peligrosos


Artículo 14 del Real Decreto 833/1988, de 20 de julio, sobre "Etiquetado de residuos tóxicos y peligrosos"

  1. Los recipientes o envases que contengan residuos tóxicos y peligrosos deberán estar etiquetados de forma clara, legible e indeleble, al menos en la lengua española oficial del Estado.
  2. En la etiqueta deberá figurar:

    a) El código de identificación de los residuos que contiene, según el sistema de identificación que se describe en el anexo I. (Por Resolución de 17 de noviembre de 1998, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, es de aplicación el código CER publicado en la misma, que está destinado a ser una nomenclatura de referencia común en toda la Comunidad Europea).

    b) Nombre, dirección y teléfono del titular de los residuos.

    c) Fechas de envasado.

    d) La naturaleza de los riesgos que presentan los residuos.

  3. Para indicar la naturaleza de los riesgos deberán usarse en los pictogramas (documento en formato pdf, 97 kb) representados según el anexo II y dibujados en negro sobre fondo amarillo-naranja

  4. Cuando se asigne a un residuo envasado más de un indicador de riesgo se tendrán en cuenta los criterios siguientes:

    a) La obligación de poner el indicador de riesgo de residuo tóxico hace que sea facultativa la inclusión de los indicadores de riesgo de residuos nocivo y corrosivo.

    b) La obligación de poner el indicador de riesgo de residuo explosivo hace que sea facultativa la inclusión del indicador de riesgo de residuo inflamable y comburente.

  5. La etiqueta debe ser firmemente fijada sobre el envase, debiendo ser anuladas, si fuera necesario, indicaciones o etiquetas anteriores de forma que no induzcan a error o desconocimiento del origen y contenido del envase en ninguna operación posterior del residuo.

    El tamaño de la etiqueta debe tener como mínimo las dimensiones de 10 * 10 cm.

  6. No será necesaria una etiqueta cuando sobre el envase aparezcan marcadas de forma clara las inscripciones a que hace referencia el apartado 2, siempre y cuando estén conformes con los requisitos exigidos en el presente artículo.

Características generales de la etiqueta

  • Tamaño de la etiqueta: 10 x 10 cm (mínimo)
  • Material de la etiqueta: papel (almacenamiento interior), plastificado para exterior
  • Dorso de la etiqueta: de material adhesible
  • Color etiqueta: fondo en blanco y letras en negro
  • Pictogramas: dibujo en negro; fondo en amarillo-naranja

Ejemplos (documento en formato pdf, 39 kb)

 

 

Fecha de la última modificación: 18/01/2006