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La evaluación de impacto ambiental en la CAPV


La Ley 3/1998 (260 Kb) General de Protección del Medio Ambiente del País Vasco, define la evaluación de impacto ambiental como el conjunto de estudios y sistemas técnicos que permiten estimar y corregir los efectos que sobre el medio ambiente puedan ser originados por la ejecución de determinados planes y proyectos.

¿Qué objetivos persigue la EIA?

  • Introducir en las primeras fases del proceso de planificación el análisis ambiental; de esta forma se pretende facilitar la elección de las alternativas más adecuadas, por una parte, y detectar efectos acumulativos y sinérgicos, por otra. Para ello, se establece la obligatoriedad de someter a evaluación de impacto ambiental los planes con incidencia territorial.

  • Facilitar al promotor de la actividad cuanta información sea posible para que éste se halle en condiciones de poder realizar el estudio de impacto ambiental. Para ello, introduce el trámite de consultas previas.

  • Informar al promotor sobre los criterios de calidad ambiental necesarios para la valoración de las repercusiones de los planes y proyectos en el medio ambiente.

  • Favorecer la participación pública y privada.

¿Qué procedimientos de EIA existen en la Comunidad Autónoma del País Vasco?

La Ley 3/98 contempla tres procedimientos de evaluación de impacto ambiental diferentes:

 

 

 

 

 


 

Fecha de la última modificación: 06/09/2006