La Comisión de Ordenación del Territorio del País Vasco es el órgano superior consultivo y de coordinación de la Administración del País Vasco, en el área de actuación de Ordenación del Territorio del litoral y urbanismo.
1.-Competencias:
Elaboración de los criterios básicos de la política de Ordenación del Territorio y Urbana de conformidad con lo establecido por la planificación económica del sector público vasco.
Proponer las medidas precisas para coordinar las actuaciones de Planeamiento Territorial y Urbano de su ejecución por los distintos Departamentos del Gobierno, así como por las demás Administraciones de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
2.-Funciones:
Informar los instrumentos de Ordenación Territorial: Directrices de Ordenación Territorial, Planes Territoriales Parciales, Planes Territoriales Sectoriales.
Informar previamente a la aprobación definitiva, del planeamiento urbanístico: los Planes Generales de Ordenación Urbana, Normas Subsidiarias de Planeamiento, Proyectos de Delimitación de Suelo Urbano, Programas de Actuación y Planes Especiales.
Informar los Planes de Ordenación de los Recursos Naturales.
Informar con carácter previo a la autorización por el Consejero de Vivienda sobre las solicitudes de transferencias de los estándares de suelo destinado a la construcción de viviendas de VPO.
Informar sobre la diferente zonificación y uso urbanístico de las zonas libres y espacios libres previstos en el planeamiento ( art. 50. TR 1976 y Decreto 133/96).
3.-Forma de Actuación:
La Comisión actúa en Pleno y en Secciones (una por cada Territorio Histórico):
Pleno.
Sección de Araba.
Sección de Gipuzkoa.
Sección de Bizkaia.
3.1.-Composición del Pleno:
Presidente:
El Consejero de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente.
Vicepresidente:
El Viceconsejero de Ordenación del Territorio y Biodiversidad.
Vocales:
El Viceconsejero de Medio Ambiente o un director de su Viceconsejería en quien delegue.
Un representante con categoría de Viceconsejero o Director de cada una de las siguientes Departamentos: Hacienda y Administración Pública; Educación, Universidades e Investigación; Cultura ; Economía y Planificación; Industria, Comercio y Turismo; Sanidad ; Agricultura y Pesca; y Transporte y Obras Públicas.
Los Directores de Ordenación del Territorio y Biodiversidad
Los jefes de las delegaciones territoriales de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Araba, Bizkaia y Gipuzkoa.
Dos representantes de cada Diputación Foral.
Un Representante de la Administración del Estado.
Tres representantes, uno por cada territorio histórico, de EUDEL.
3.2.- Composición de la Sección:
Presidente:
El Viceconsejero de Ordenación del Territorio y Biodiversidad.
Vicepresidente:
El Director de Ordenación del Territorio.
Vocales:
El Jefe territorial de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente correspondiente.
Un representante de la Diputación Foral.
Un representante, de la Asociación de Municipios de EUDEL.
4.-Plazo de emisión de los informes:
La COTPV deberá emitir los informes en el plazo de TRES meses.