La aparición del fenómeno de las ruinas industriales, consecuencia de la transformación económica y social de Euskadi, ha supuesto la generación de numerosos problemas ambientales, estéticos ,por la imagen de degradación que transmiten, y urbanísticos.
Pero la regeneración de estas amplias superficies ocupadas por instalaciones industriales obsoletas o yacimientos mineros agotados supone una gran oportunidad desde el punto de vista de la ordenación del territorio. Las ciudades vascas están encontrando nuevos ámbitos de crecimiento en lugares que hasta hace poco no eran sino la imagen de un período de nuestra historia industrial ya agotado.
Por otra parte, el suelo es, en muchos lugares de Euskadi, un bien escaso. La demolición de ruinas industriales supone una oportunidad para integrar esos espacios degradados en la ciudad, como ámbitos residenciales, de equipamientos o de ocio.
El Programa de Demolición de Ruinas Industrales que desarrolla el Gobierno Vasco ha permitido la recuperación de más de 216 hectáreas de terreno hasta entonces baldío, con una inversión de 15 millones de euros.
Se trata de liberar los mejores territorios, en lugar de ocupar suelos rurales más lejanos. Conseguir un soporte idóneo para una nueva economía, convertir en expectativas positivas el problema del declive industrial.
La crisis mundial de los años 70 saca a la luz problemas estructurales: los mejores terrenos, en su mayor parte en las vegas de los ríos habían sido ocupados por la industria, con absoluta falta de conciencia medioambiental y social. Este problema se agrava en un entorno geográfico tan abrupto como es nuestra Comunidad Autónoma, donde el suelo llano fácilmente urbanizable resulta tan escaso.
Este paisaje industrial ya no respondía a las exigencias de los valores imperantes en la nueva época post industrial. El primer estudio-inventario de Ruinas Industriales del País Vasco data de 1998. Entre 1993 y 1998 se suceden decretos reguladores en los que se enmarcan las actuaciones realizadas, 78 hasta el momento.
Mecánica de las ayudas
Se facilita una ayuda al propietario (o al Ayuntamiento que lo socilite si actúa en ejecución subsidiaria previa declaración de ruina) para demoler el edificio en cuestión. Esta ayuda será entregada al beneficiario de la subvención del derribo una vez justificados los gastos efectuados y deberá ser devuelta en un período de 10 año sin intereses en el caso de no realizarse ninguna actuación en el solar. En el supuesto de un nuevo proyecto de inversión sobre el solar objeto de actuación, es decir, se edifique o se urbanice, la devolución del coste del derribo entendida como un coste de urbanización se efectuará en un plazo máximo de seis meses desde la concesión de la licencia municipal.